Fiscal

IRPF al heredar: qué tributa y qué no

6 min de lectura · Herencias Vilanova
En este artículo
  1. Recibir la herencia no paga IRPF
  2. Qué sí puede tributar después
  3. La venta de la vivienda heredada

Heredar no paga IRPF, pero hay situaciones posteriores que sí tributan en la renta. Aclaramos la diferencia entre el impuesto de sucesiones y el IRPF para evitar sustos.

Recibir la herencia no paga IRPF

Lo primero, para tranquilidad: recibir una herencia no tributa en el IRPF. Lo que se hereda está sujeto al impuesto de sucesiones, no a la renta. No se declara como ingreso.

La confusión surge porque algunas situaciones posteriores a heredar sí tienen efectos en el IRPF.

Qué sí puede tributar después

  • Vender un bien heredado: la ganancia patrimonial tributa en el IRPF del que vende
  • Alquilar un inmueble heredado: las rentas se declaran como rendimiento
  • Rendimientos de bienes heredados: intereses, dividendos, etc., desde que son tuyos

La venta de la vivienda heredada

Al vender, la ganancia se calcula por la diferencia entre el valor de venta y el valor por el que se heredó (el declarado en el impuesto de sucesiones). Cuanto mejor valorado esté en la herencia, menor ganancia futura.

Declarar bien el valor de los inmuebles en el impuesto de sucesiones tiene efecto en el IRPF futuro si luego se venden. Conviene planificarlo.

Preguntas frecuentes

No. La herencia tributa por el impuesto de sucesiones, no por el IRPF. Recibir bienes heredados no se declara como ingreso en la renta.

La venta sí genera una ganancia o pérdida patrimonial que tributa en tu IRPF, calculada desde el valor por el que se heredó el bien.

Sí. Una vez es tuyo, las rentas del alquiler se declaran en tu IRPF como rendimiento del capital inmobiliario.

El valor que se da al inmueble en el impuesto de sucesiones es el de referencia para calcular la ganancia si luego lo vendes. Conviene declararlo correctamente.

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